REFORMA REGLAMENTO A LA LEY DE PROTECCIÓN AL CIUDADANO DEL EXCESO DE REQUISITOS Y TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
Decreto Ejecutivo No. 40387-MP-MEIC del 27 de febrero del 2017
Publicado en El Alcance No. 106 a La Gaceta No. 93 del 18 de mayo del 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA, Y LA MINISTRA DE EC ONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política; el artículo 28, inciso 2, acápite b ), siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, Ley N º 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley Orgánica del Misterio de Economía, Industria y Comercio, Ley Nº 6054 del 14 de junio de 1977 y sus reformas; el Reglamento a la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Decreto N º 37457-:MEIC del 02 de noviembre de 2012; y sus reformas; la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Ley Nº 8220 del 4 de marzo de 2002; y los artículos 3 y 4 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472 del 20 de diciembre de 1994.
Considerando:
I.- Que la simplificación de los trámites administrativos y la mejora regulatoria tienen por objeto racionalizar las tramitaciones que realizan los particulares ante la Administración Pública, mejorar su eficacia, pertinencia y utilidad, a fin de lograr mayor celeridad y funcionalidad en la tramitación, reduciendo los gastos operativos.
II.- Que la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Ley N º 8220, ordena simplificar los trámites y requisitos establecidos por la Administración Pública frente a los ciudadanos, evitando duplicidades y garantizando en forma expedita el derecho de petición y el libre acceso a los departamentos públicos, contribuyendo de forma innegable en el proceso de reforzamiento del principio de seguridad jurídica del sistema democrático costarricense.
III.- Que los artículos 11 y 13 de la Ley Nº 8220, establecen la rectoría en los temas de Simplificación de Trámites en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través de la Dirección de Mejora Regulatoria. Además, dispone la obligación de que los órganos y entidades contempladas en el artículo 1 de dicha Ley establezcan Planes de Mejora Regulatoria anuales.
IV.- Que el inciso 6) del artículo 20 de la Ley Nº 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, establece la obligación de implementar un Catálogo con todos los trámites de la Administración Pública, el cual será administrado por la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
V.- Que el inciso k) del artículo 4 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico y la Creación del MICITT, Nº 7169 del 26 de junio de 1990, publicada en el Alcance Nº 23 a La Gaceta Nº 144 de 1 º de agosto de 1990, señala como uno de los deberes del Estado "Impulsar la incorporación selectiva de la tecnología moderna en la administración pública, a fin de agilizar y actualizar, permanentemente, los servicios públicos, en el marco de una reforma administrativa, para lograr la modernización del aparato estatal costarricense, en procura de mejores niveles de eficiencia."
VI.- Que la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, Nº 8454 del 30 de agosto de 2005, publicada en La Gaceta Nº 197 del 13 de octubre de 2005, en su artículo 1 º dispone que el Estado y todas las entidades públicas quedan expresamente facultados para utilizar los certificados, las firmas digitales y los documentos electrónicos, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia.
VIL- Que el propósito de todas estas disposiciones es la integración y publicación en un solo sitio web de todos los trámites que debe realizar el ciudadano ante la Administración Pública, y a su vez, de los Planes de Mejora Regulatoria que deben plantear los órganos y entidades contempladas en el artículo 1 de la Ley Nº 8220 y su reforma, lográndose un mejor aprovechamiento de los recursos públicos, lo cual crea un clima favorable para la competitividad del país.
VIII.- Que la presente regulación no crea trámites, requisitos ni procedimientos, por lo tanto, no debe completarse el Formulario Costo-Beneficio.
Por tanto,
DECRETAN:
REFORMA AL R§EGLAMENTO A LA LEY DE PROTECCIÓN AL CIUDADANO DEL EXCESO DE REQUISITOS Y TRÁMITES ADMINISTRATIVOS, DECRETO EJECUTIVO Nº 37045-MP-MEIC DE FECHA 22 DE FEBRERO DE 2012

