PUBLICA RESOLUCIÓN N° 414-2019 (COMIECO-EX) DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2019, QUE APRUEBA LAS APERTURAS Y SUPRESIONES ARANCELARIAS DEL ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACIÓN, ANEXO «A» DEL CONVENIO SOBRE EL RÉGIMEN ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO

PUBLICA RESOLUCIÓN N° 414-2019 (COMIECO-EX) DE FECHA 28 DE AGOSTO DE 2019, QUE APRUEBA LAS APERTURAS Y SUPRESIONES ARANCELARIAS DEL ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACIÓN, ANEXO "A" DEL CONVENIO SOBRE EL RÉGIMEN ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO

Decreto Ejecutivo N° 42052-COMEX del 22 de octubre de 2019

Publicado en El Alcance No. 274 a La Gaceta No. 234 del 09 de diciembre de 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

De conformidad con las atribuciones y facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3), 10) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 4, 25, 27 párrafo 1, 28 párrafo 2 inciso b) y 142 párrafo 1 de la Ley General de la Administración Pública; Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; los artículos 3, 4, 7, 13, 14, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, Ley de Aprobación N° 6986 del 03 de mayo de 1985; y los artículos 10, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Ley de Aprobación N° 7629 del 26 de septiembre de 1996; y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), mediante Resolución N° 414-2019 (COMIECO-EX) de fecha 28 de agosto de 2019, aprobó las aperturas y supresiones arancelarias del Arancel Centroamericano de Importación, Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, en la forma que aparece en el Anexo I de dicha resolución
  2. Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), mediante Resolución N° 414-2019 (COMIECO-EX) de fecha 28 de agosto de 2019, aprobó las aperturas y supresiones arancelarias producto de la reestructuración de la partida 29.31 del Arancel Centroamericano de Importación, Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, en la forma que aparece en el Anexo II de dicha resolución.

III. Que Costa Rica, mediante el Decreto Ejecutivo N° 39960-COMEX del 16 de septiembre de 2016, publicó la Resolución N° 372-2015 (COMIECO-LXXIV) de fecha 04 de diciembre de 2015, en la cual el Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana aprobó las modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación, que amplía los códigos arancelarios a diez dígitos e incorpora al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) los resultados de la 6ª Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, en la forma que se consigna en el Anexo a la Resolución en mención, el cual constituye el Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, por lo que es necesario modificar el Decreto Ejecutivo de cita, de conformidad con los numerales 1 y 2 de la parte dispositiva de la Resolución N° 414-2019 (COMIECO-EX).

  1. Que, en cumplimiento de lo indicado en dicha Resolución, se procede a su publicación.

Por tanto;

DECRETAN:

Publicación de la Resolución N° 414-2019 (COMIECO-EX) de fecha 28 de agosto de 2019, que aprueba las aperturas y supresiones arancelarias del Arancel Centroamericano de Importación, Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, en la forma que aparece en su Anexo I y Anexo II

»Número de la norma: 42052.

Artículo 1.-

Publíquense la Resolución N° 414-2019 (COMIECO-EX) de fecha 28 de agosto de 2019, que aprueba las aperturas y supresiones arancelarias del Arancel Centroamericano de Importación, Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, en la forma que aparece en su Anexo I y Anexo II, que a continuación se transcriben:

RESOLUCIÓN No. 414-2019 (COMIECO-EX) EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 38 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002; y 6, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia exclusiva del Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), dirigir y administrar el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, así como aprobar y modificar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación;

Que el Comité de Política Arancelaria alcanzó acuerdos sobre algunas aperturas y supresiones arancelarias y la restructuración de la partida 29.31 del Arancel Centroamericano de Importación, Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, y elevó a la consideración de este Foro las correspondientes propuestas, para su conocimiento y aprobación,

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 3, 4, 7, 13, 14, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; 10, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala; y, 19, 20, 20 Bis y 32 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Consejos: de Ministros de Integración Económica, lntersectorial de Ministros de Integración Económica y Sectorial de Ministros de Integración Económica,

RESUELVE:

  1. Aprobar las aperturas y supresiones arancelarias del Arancel Centroamericano de Importación, Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, en la forma que aparece en el Anexo I de la presente Resolución y que forma parte integrante de la misma.
  2. Aprobar las aperturas y supresiones arancelarias como consecuencia de la restructuración de la partida 29.31 del Arancel Centroamericano de Importación, Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, en la forma que aparece en el Anexo II de la presente Resolución y que forma parte integrante de la misma.
  3. La presente Resolución entrará en vigor el 28 de febrero de 2020 y será publicada por los Estados Parte.

Centroamérica, 28 de agosto de 2019

Duayner Salas

Viceministro, en representación de la Ministra de Comercio Exterior de Costa Rica

María Luisa Hayen Brevé

Ministra de Economía de El Salvador

Julio Dougherty

Viceministro, en representación del Ministro de Economía de Guatemala

Alejandra María Chang Vides

Subsecretaria, en representación del Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico de Honduras

Orlando Solorzano Delgadillo

Ministro de fomento, Industria Comercio de Nicaragua

Juan Carlos Sosa

Viceministrom en representación del Ministro de Comercio e Industrias De Panamá

El ...

infrascrito Secretario General de la Secretaria de Integración Económica Centroamericana (SIECA) CERTIFICA: Que las dos (2) fotocopias que anteceden a la presente hoja de papel bond, impresas únicamente en su anverso, así como las ocho (8) de dos (2) anexos adjuntos, impresas únicamente en su anverso, todas rubricadas y selladas con el sello de la SIECA, reproducen fielmente la Resolución No. 414-2019 (COMIECO-EX), aportada por el Consejo de Ministros de Integración Económica, el veintiocho de agosto de dos mil diecinueve, de cuyos originales se reprodujeron. Y para remitir a los Estados Parte para su correspondiente publicación, extiendo la presente copia certificada en la Ciudad de Guatemala, Guatemala, el diez de octubre de dos mil diecinueve-------------------------------------------------------------------------------------

Melvin Redondo

Secretario General

Artículo 2.-

Aplíquese un arancel de 9% y 14% de Derechos Arancelarios a la Importación a los incisos arancelarios que aparece en la Resolución N° 414-2019 (COMIECO-EX) de fecha 28 de agosto de 2019, con tarifas de 10% y 15% respectivamente. Lo anterior, de conformidad con la Resolución N° 48-94 (CONSEJO-XII) de fecha 23 de febrero de 1994, la cual autoriza a Costa Rica para que las tarifas de 10% y 15% incluyan el gravamen del 1% de la Ley N° 6946 del 13 de enero de 1984.

Artículo 3.-

Modifíquese el Decreto Ejecutivo N° 39960-COMEX del 16 de septiembre de 2016, que publicó la Resolución N° 372-2015 (COMIECO-LXXIV) de fecha 04 de diciembre de 2015, mediante la cual el Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana aprobó las modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación, que amplía los códigos arancelarios a diez dígitos e incorpora al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) los resultados de la 6ª Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, en la forma que se consigna en el Anexo a la Resolución en mención, el cual constituye el Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; de conformidad con los numerales 1 y 2 de la parte dispositiva de la Resolución N° 414-2019 (COMIECO-EX).

Artículo 4.-

Rige a partir del 28 de febrero de 2020.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.

PUBLIQUESE

CARLOS ALVARADO QUESADA

DYALÁ JIMÉNEZ FIGUERES

Ministra de Comercio Exterior

1 vez.—Solicitud N° 154-201-MCE.—O. C. N° 4600030494.—( D42052-IN2019412531 ).

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *