REFORMA REGLAMENTO A LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA No. 42202-H-MEP-MOPT

REFORMA REGLAMENTO A LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA No. 42202-H-MEP-MOPT

Decreto Ejecutivo No. 42202-H-MEP-MOPT del 06 de febrero de 2020

Publicado en El Alcance No. 26 a La Gaceta No. 34 del 20 de febrero de 2020

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, EL MINISTRO DE HACIENDA, LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos: 140 incisos 3) y 18) y, 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1 ), 27 inciso 1 ), 28 inciso 2) acápite b, de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y 57 de la Ley Nº 7494-Ley de Contratación Administrativa y sus reformas, del 2 de mayo de 1995.

Considerando:

  1. Que conforme al Decreto Ejecutivo Nº38 l 70-MEP-"Organizaciónadministrativa de la oficinas centrales del Ministerio de Educación Pública", publicado en La Gaceta Nº31 del 13 de febrero de 2014 y susreformas " ... el Ministerio de Educación Pública es el órgano del Poder Ejecutivo en el ramo de la educación, a cuyo cargo está la función de administrar todos los elementos que lo integran para la ejecución de las disposiciones pertinentes del Título Sétimo de la Constitución Política, de la Ley Fundamental de Educación, de las leyes conexas y los respectivos reglamentos. "
  2. Que de conformidad con el artículo 2 de laLeyque crea el Ministerio de Trasportes en sustitución del actual Ministerio de Obras Públicas, ley 3155 (MOPT) se establece que; "Artículo 2°- El Ministerio de Obras Públicas y Transportes tiene por objeto. (. . .)g) Construir, mejorar y mantener las edificaciones y demás obras públicas no.sujetas a disposiciones legales especiales y vigilar que se les dé el uso adecuado. La planificación de estas obras se hará conjuntamente con los organismos a los cuales incumbe su funcionamiento, operación y administración". Aunado a lo anterior, se encuentra lo establecido en el artículo 145 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa que en materia de infraestructura involucra al MOPT, cuando establece que: el Ministerio de Educación Pública y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, adoptarán las disposiciones generales en las que se establezcan las medidas de control interno necesarias para garantizar la más eficiente y eficaz administración de los fondos públicos involucrados en estas contrataciones, así como los medios que permitan a las Juntas acceder a la asesoría legal y técnica requerida, tanto para la fase de elaboración del cartel, como para la valoración de ofertas y la ejecución contractual ( .. .). "

III. Que el Ministerio de Educación Pública ( en adelante MEP) tiene la potestad para atender una serie de fines especiales que le corresponden como ente público mayor y su actuación debe recaer en la satisfacción de los intereses públicos relacionados con la política educativa oficial.

  1. Que de acuerdo con lo establecido en el documento "Creer y Crear la Costa Rica del siglo XXI-Compromiso País", se propone desarrollar un Plan de Inversión eficaz para el desarrollo de la Infraestructura educativa, con el fin de promover el financiamiento equitativo y estratégico para priorizar las necesidades en la inversión de los Centros Educativos que presenten condiciones de vulnerabilidad social y que respondan a las necesidades de la niñez costarricense.
  2. Que el Artículo 145 delReglamento de laLey de Contratación Administrativa, regula la excepcionalidad del procedimiento de Contratación Directa Concursada.
  3. Que en consideración a las necesidades expuestas, se hace necesario adaptar lano.ma vigente al entorno de la política país en Infraestructura Educativa, con el fin de responder a las necesidades inmediatas que tiene este Ministerio en cuanto al déficit en Infraestructura Educativa.

VII. Que de acuerdo con el Decreto Ejecutivo Nº38170-MEP - "Organización administrativa de las oficinas centrales del Ministerio de Educación Pública", Publicado en La Gaceta Nº31 del 13 de febrero de 2014, la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo (en adelante DIEE) es el órgano técnico encargado de planificar, desarrollar, coordinar, dirigir, dar seguimiento y evaluar planes, programas y proyectos tendientes al mejoramiento y ampliación de la infraestructura física educativa y su equipamiento, como medio para facilitar el acceso, la calidad y la equidad de la educación pública costarricense. Contempla el mantenimiento preventivo y correctivo, la rehabilitación y la construcción de infraestructura educativa, así como la dotación de su mobiliario.

VIII. Que de conformidad con el enunciado de la Política en Infraestructura Educativa emitido por el Consejo Superior de Educación ( en adelante CSE), según acuerdo 06- 12-2012, Sesión No. 12-2012, se establece como objetivo estratégico dotar al MEP de la dirección para que las acciones que se desarrollen en materia de infraestructura y equipamiento educativo sean pertinentes y oportunas en concordancia con los fines de la Educación Costarricense, y que también define a la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo como el brazo ejecutor en materia de infraestructura a lo interno del Ministerio de Educación Pública, razón por la cual se considera necesario focalizar la aplicación del mecanismo no.mado por el artículo 145 del Reglamento a la Leyde Contratación Administrativa por medio del MEP, exclusivamente.

  1. Que de conformidad con el artículo 12 del Decreto Ejecutivo Nº 37045-MP-MEIC, "Reglamento a laLeyde Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos", adicionado por el Decreto Ejecutivo Nº 38898-MP-MEIC, artículo12 bis y, en virtud de que este instrumento jurídico no.contiene trámites, requisitos ni obligaciones que perjudiquen al administrado, se exonera esta reforma del trámite de la evaluación costo-beneficio de la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Por Tanto,

DECRETAN:

"REFORMA AL ARTÍCULO 145 DEL REGLAMENTO A LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA, DECRETO Nº 33411.H Y SUS REFORMAS"

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