LEY PARA DECLARAR EL CAFÉ DE COSTA RICA COMO SÍMBOLO PATRIO EN EL DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y CULTURAL DE NUESTRO PAÍS

LEY PARA DECLARAR EL CAFÉ DE COSTA RICA COMO SÍMBOLO PATRIO EN EL DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y CULTURAL DE NUESTRO PAÍS

Ley No. 9815 del 28 de julio de 2020

Publicado en La Gaceta No. 201 del 13 de agosto de 2020

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA DECLARAR EL CAFÉ DE COSTA RICA COMO SÍMBOLO PATRIO EN EL DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y CULTURAL DE NUESTRO PAÍS

Artículo 1.- Se declara el café de Costa Rica como símbolo patrio en el desarrollo económico, social y cultural de nuestro país.

Artículo 2.- Se instruye al Ministerio de Educación Pública (MEP) para que incluya, en los programas de estudio correspondientes, el café de Costa Rica como símbolo patrio.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA.—Aprobado a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil veinte.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Carlos Ricardo Benavides Jiménez

Presidente

Laura María Guido Pérez

Primera secretaria

Carlos Luis Avendaño Calvo

Segundo secretario

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintiocho días del mes de julio del año dos mil veinte.

Ejecútese y Publíquese

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Luis Renato Alvarado Rivera.—La Ministra de Educación Pública, Guiselle Cruz Maduro.—La Ministra de Cultura y Juventud, Sylvie Durán Salvatierra.—1 vez.—O. C. N° 4600035687.—Solicitud N° DAJ-636-2020.—( L9815 - IN2020475442 ).

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