TRÁMITES VARIOS PARA LA PORTACIÓN DE ARMAS DE FUEGO
Publicado en Alcance No. 103 a La Gaceta No. 144 de 26 de julio del 2012
SEGURIDAD PÚBLICA
DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ARMAS Y EXPLOSIVOS
Requisito previo a la venta de armas permitidas.
Los establecimientos autorizados para la venta de armas permitidas, de previo a comercializarlas, solicitarán al Departamento el permiso de venta para cada arma en particular. Este procedimiento no aplica para entidades estatales que adquieran mediante licitación pública.
Requisitos:
- Solicitud formal de venta del arma de fuego, la cual debe contener:
- Nombre, apellidos, número de cédula, calidades, nacionalidad y domicilio del posible comprador.
- Las características del arma de fuego, sea, marca, calibre, tipo, modelo y número de serie.
- Nombre del negocio autorizado para la venta, así como el nombre de su representante, quién firmará dicha solicitud.
- Número de permiso de desalmacenaje otorgado por la Dirección General de Armamento y número de Acta de Revisión de Mercadería por parte de la Unidad de Operaciones en Armas y Explosivos en el Almacén Fiscal.
- Fotocopia de la cédula del posible comprador, aportando a su vez, el nombre y apellidos del padre y la madre.
- Fotocopia de la factura pro forma.
- Original y fotocopia del examen psicológico o psiquiátrico, donde conste que es apto para poseer armas de fuego.
- Acreditar que ha ganado el examen teórico-práctico de manejo de armas de fuego.
- Indicar la finalidad para el arma de fuego (deporte, cacería, defensa personal).
- En caso de que el comprador sea una persona jurídica, tendrá que presentar una certificación de la personería jurídica.
- Si el objeto de la persona jurídica consiste en realizar funciones de seguridad privada, dedicada-entre otras cosas-al adiestramiento, transportes de valores, prestación de servicios de custodia, vigilancia, protección de persona física o jurídica o sus bienes, o instalación, mantenimiento y monitoreo de sistemas y centrales de seguridad electrónica, la persona que ostenta la representación legal tendrá que presentar el examen psicológico cada dos años.
- Certificación de antecedentes penales del solicitante o del representante de la sociedad. Si no la aporta el Departamento se verá obligado a gestionarla lo que originará la suspensión del trámite hasta que la oficina competente del Poder Judicial remita el documento respectivo, en este caso el gestionante debe indicar los nombres de ambos progenitores de éste.
Inscripción de armas
Personas Jurídicas
Requisitos:
- Solicitud escrita de la persona jurídica solicitante.
- a) Nombre y apellidos del representante legal de la persona jurídica, número de cédula de identidad o residencia permanente libre condición, dirección exacta, número telefónico.
- b) Nombre completo de la persona jurídica, cédula jurídica, dirección exacta, número telefónico.
- c) Descripción total del arma de fuego. (tipo, calibre, marca, modelo y número de serie).
- d) Firma del apoderado de la persona jurídica. Si la persona que firma no se presenta a entregar sus trámites, debe de autenticarse su firma por un abogado.
- Documento de propiedad.
- a) Carta venta autenticada: Procede cuando el arma se encuentra inscrita, debe consignarse los nombres, calidades de las partes, descripción completa del arma, precio de la venta y las firmas de los contratantes debidamente autenticadas por abogado, adjuntando las especies fiscales correspondientes al monto d ela transacción y a la autenticación. El vendedor debe ser el titular ante el Departamento.
- b) Factura de compra: procede cuando se ha adquirido el arma en los negocios autorizados por el departamento. La factura debe incluir obligatoriamente, nombre y apellidos del comprador, domicilio exacto, número de cédula de identidad, la cantidad de armas que se adquirieron, tipo, marca, calibre, modelo y serie de cada una.
- c) Póliza de desalmacenaje: cuando el arma ha sido importada.
- d) Declaración Jurada: procede cuando el arma no se encuentra inscrita, debe hacerse ante notario público, estableciendo descripción completa del arma, nombre, apellido y domicilio del anterior dueño del arma y el año que la adquirió.
- Fotocopia de la cédula de identidad o de residencia.
- Juego de timbres (sin pegar a la solicitud) Archivo Nacional ¢5.00, Fiscal ¢25.00 que se utilizarán para emitir la certificación de inscripción.
- Certificación original de personería jurídica
- Presentar el arma a ser inscrita o traspasada con sus cargadores y sin munición.
- Certificación de antecedentes penales del solicitante o del representante de la sociedad. Si no la aporta el Departamento se verá obligado a gestionarla lo que originará la suspensión del trámite hasta que la oficina competente del Poder Judicial remita el documento respectivo, en este caso el gestionante debe indicar los nombres de ambos progenitores de éste.
- Haber aprobado el examen teórico-práctico.
- Copia del examen de idoneidad mental y original para confrontar su autenticidad.
- Tener registrada las huellas dactilares del representante legal.
- Si el representante de la sociedad no tendrá contacto con el arma, deberá de manifestarlo así en la solicitud de matrícula con el fin de que no se le obligue a cumplir con los puntos 8, 9 y 10 debiendo designar al mismo tiempo un encargado de seguridad que deberá cumplir con esos apartes.
Personas Físicas
Requisitos:
- Solicitud del interesado.
- a) Nombre y apellidos del solicitante, número de cédula de identidad o residencia, dirección exacta, número telefónico.
- b) Descripción de las armas de fuego (tipo, calibre, marca, modelo y número de serie).
- c) Firma del interesado. Si la persona que firma no se presenta a entregar sus trámites, debe de autenticarse su firma por un abogado.
- Documento de propiedad.
- a) Carta venta autenticada: Procede cuando el arma se encuentra inscrita, debe consignarse los nombres, calidades de las partes, descripción completa del arma, precio de la venta y las firmas de los contratantes debidamente autenticadas por abogado, adjuntando las especies fiscales correspondientes al monto de la transacción y a la autenticación. El vendedor debe ser el titular ante el Departamento.
- b) Factura de compra: procede cuando se ha adquirido el arma en los negocios autorizados por el departamento. La factura debe incluir obligatoriamente, nombre y apellidos del comprador, domicilio exacto, número de cédula de identidad, la cantidad de armas que se adquirieron, tipo, marca, calibre, modelo y serie de cada una.
- c) Póliza de desalmacenaje: cuando el arma ha sido importada.
- d) Declaración Jurada: procede cuando el arma no se encuentra inscrita, debe hacerse ante notario público, estableciendo descripción completa del arma, nombre, apellido y domicilio del anterior dueño del arma y el año que la adquirió.
- Fotocopia de la cédula de identidad o de residencia.
- Juego de timbres (sin pegar a la solicitud) Archivo Nacional ¢5.00, Fiscal ¢25.00 que se utilizarán para emitir la certificación de inscripción.
- Presentar el arma descargada y con sus cargadores sin munición.
- Certificación de antecedentes penales del solicitante o del representante de la sociedad. Si no la aporta el Departamento se verá obligado a gestionarla lo que originará la suspensión del trámite hasta que la oficina competente del Poder Judicial remita el documento respectivo, en este caso el gestionante debe indicar los nombres de ambos progenitores de éste.
- Haber aprobado el examen teórico-práctico.
- Copia del examen de idoneidad mental y original para confrontar su autenticidad.
- Tener registrada las huellas dactilares.
Permiso o renovación de permiso para la portación de armas de fuego si se trata de un arma para defensa personal.
Requisitos:
- Solicitud del interesado.
- a) Nombre y apellidos del solicitante, número de cédula de identidad o residencia permanente libre condición, dirección exacta, número telefónico.
- b) Descripción del arma de fuego que desea portar (tipo, calibre, marca, modelo y número de serie), misma que debe encontrarse inscrita a su nombre o ser autorizado mediante documento auténtico por su propietario inscrito.
- c) Indicación de la necesidad de portar un arma para defensa personal.
- d) Firma del interesado. Si la persona que firma no se presenta a entregar sus trámites, debe de autenticarse su firma por un abogado.
- Si el arma a ser portada no se encuentra inscrita a nombre del solicitante se debe adjuntar un consentimiento autenticado emitido por el propietario registral.
- Personería jurídica de la propietaria del arma en caso de que sea una persona jurídica.
- Original y fotocopia de cédula de identidad o de residencia permanente libre condición por ambos lados.
- Un timbre fiscal de ¢1.000.00 por cada solicitante, pegado en el documento de solicitud.
- Juego de timbres (sin pegar a la solicitud), Archivo Nacional de ¢5.00; Fiscal de ¢25.00 para certificar la portación.
- Certificación de antecedentes penales del solicitante o del representante de la sociedad. Si no la aporta el Departamento se verá obligado a gestionarla lo que originará la suspensión del trámite hasta que la oficina competente del Poder Judicial remita el documento respectivo, en este caso el gestionante debe indicar los nombres de ambos progenitores de éste.
- Haber aprobado el examen teórico-práctico.
- Copia del examen de idoneidad mental y original para confrontar su autenticidad.
- Tener registradas las huellas dactilares.
Permiso o renovación de permiso para la portación de armas de fuego si se trata de un arma para seguridad privada.
Requisitos:
- Solicitud escrita conteniendo la siguiente información:
- a) Nombre y apellidos del representante legal de la empresa, número de cédula de identidad o residencia, dirección exacta y número telefónico.
- b) Nombre completo de la Compañía, cédula jurídica, dirección exacta, número telefónico.
- c) Nombre completo de las personas autorizadas a portar armas de la empresa, así como los números de cédula de identidad, puestos que ocupan dentro de la empresa, direcciones exactas de los domicilios de cada una de las personas y número telefónico.
- d) Autorización para que porten las armas que se encuentran matriculadas a nombre de la empresa.
- e) Firma del representante legal (si la persona no se presenta a entregar sus trámites debe de autenticar su firma por un abogado).
- Original y fotocopia de la cédula de identidad de cada una de las personas que solicitan el trámite.
- Certificación de antecedentes penales del solicitante o del representante de la sociedad. Si no la aporta el Departamento se verá obligado a gestionarla lo que originará la suspensión del trámite hasta que la oficina competente del Poder Judicial remita el documento respectivo, en este caso el gestionante debe indicar los nombres de ambos progenitores de éste.
- Certificación personería jurídica de la sociedad solicitante
- Timbre fiscal: ¢1.000.00 por persona (pegado a la solicitud).
- Juego de timbres: (sin pegar) fiscal ¢25.00, Archivo Nacional ¢5.00 para certificar la portación.
- Todos los solicitantes de la portación deben haber aprobado el examen teórico-práctico.
- Debe acreditarse que la persona jurídica se encuentra inscrita y vigente en la Dirección de Servicios de Seguridad Privada.
- Debe acreditarse que todos los solicitantes se encuentran inscritos en la Dirección de Servicios de Seguridad Privada.
- Examen de idoneidad mental realizado por un psicólogo o psiquiatra, señalando la aptitud para poder usar armas y una fotocopia del mismo.
Permiso de portación de armas para cuerpos policiales.
Requisitos:
- Solicitud suscrita por el jefe inmediato, nombre y apellidos del oficial de policía indicando el lugar donde se encuentra destacado.
- Fotocopia de la cédula de identidad.
- Certificación emitida por la Escuela Nacional de Policía en donde conste la idoneidad en el manejo del arma de reglamento.
- Certificación emitida por un psicólogo o psiquiatra mediante la cual se acredite que el solicitante es apto para la portación de armas de fuego.
Permiso de portación de armas para miembros de los Supremos Poderes.
Requisitos:
- Solicitud por escrito, donde conste el nombre, apellidos, calidades y domicilio, cargo que ocupa, características del arma a portar.
- Indicar a nombre de quien se encuentra inscrita el arma.
- Fotocopia de la cédula de identidad.
- Certificación de la Escuela Nacional de Policía sobre la idoneidad en el manejo del arma.
- Certificación emitida por un psicólogo o psiquiatra mediante la cual se acredite que el solicitante es apto para la portación de armas de fuego.
Permiso de portación de armas para funcionarios públicos.
Requisitos:
- Deberá formularse por escrito ante el Departamento de Control de Armas y Explosivos indicando: nombre, apellidos, calidades, domicilio exacto y cargo que ocupa, y las razones que justifiquen la solicitud.
- Características del arma, número de patrimonio del arma asignada.
- La solicitud deberá estar debidamente autorizada por el jerarca de la Institución.
- Cargo que ocupa el petente y las razones en las que se justifique la portación.
- Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados o de residencia.
- Fotocopia de los documentos donde haga constar la idoneidad en el manejo de armas de fuego y de la aprobación del examen psicológico.
Renovación de permiso de portación.
Requisitos:
- Debe seguir el mismo trámite que para la solicitud del permiso por primera vez pero debe indicar que se trata de una renovación y las veces que lo ha renovado.
- Se puede solicitar información adicional si se considera pertinente para verificar el contenido de alguno de los documentos presentados.
Permiso de inscripción de armas permitidas de colección.
Requisitos:
- Solicitud escrita presentada personalmente por el interesado o autenticada en la que se detallen las características de las armas así como una descripción del valor histórico, estético, cultural o criminalístico.
- Se debe adjuntar una autorización para que el Arsenal Nacional proceda a desactivar permanentemente las armas inutilizando sus mecanismos por los medios pertinentes.
Bodega de evidencias judiciales
Retiro de armas propiedad de particulares.
Requisitos:
1) El interesado debe presentarse personalmente en las bodegas del Arsenal Nacional o autorizar a alguien mediante documento auténtico para que realice la diligencia.
2) Debe aportar los siguientes documentos:
- a) Cédula de identidad vigente del interesado.
- b) Orden de la autoridad judicial competente dirigida al Jefe del Arsenal Nacional en la que se indique el número de sumaria, descripción del arma a ser entregada según el recibo oportunamente emitido por el Arsenal Nacional al momento de recibirla para su custodia deben incluirse accesorios y la munición. En la orden se debe incluir el nombre y apellidos completos del interesado, número de cédula de la persona autorizada. Debe ser de fecha reciente (no más de 6 meses de emitida) y debe tener la firma del Juez o Fiscal así como el sello del Despacho.
- c) Se verificará que el arma se encuentre debidamente inscrita mediante el original de la matricula del arma que aportará el interesado o su certificación debidamente notariada.
- d) Presentar el carnet de portación de armas para seguridad personal o, si el arma es de una empresa de seguridad, el de seguridad privada. Si no lo aporta, se entrega con apercibimiento de no portarla.
- e) Un juego de copias de todos los documentos citados.
Dirección General de Armamento, Oficina de Trámites para comercialización y desalmacenajes
Dirección General de Armamento, Oficina de Trámites para comercialización y desalmacenajes
Nota aplicable para todos los trámites que se indican en esta apartado: Cuando se requiere que el documento sea debidamente autenticado, se acepta una versión con firma digital de conformidad con la ley 8454 y sus reglamentos que se adjunte a un correo electrónico remitido a la siguiente dirección: comercializacionydesalmacenajesdga@msp.go.cr
Los documentos que se remitan a este correo sin cumplir con el citado requisito serán rechazados de plano por falta de formalidades sustanciales.
La emisión de los permisos y autorizaciones se continuará realizando, por el momento, mediante oficio impreso y firmado por el Director General de Armamento que debe ser retirado por el interesado o su representante.
Permiso anual para la reparación y venta regular de armas permitidas y su munición.
Aplica también para la renovación del permiso.
Requisitos:
- La solicitud escrita indicando:
- Nombre, apellidos, número de cédula de identidad o de residencia del solicitante o del representante legal de la sociedad
- Nombre del establecimiento
- Ubicación exacta del establecimiento y número telefónico.
- Medidas de seguridad con las que cuenta en el establecimiento.
- Debe señalar el nombre del proveedor que le suplirá las armas y municiones.
- Indicar las medidas de seguridad que tiene el establecimiento y el lugar de almacenaje de las armas y municiones.
- Se verificará la inexistencia de antecedentes penales mediante el documento que emite el Poder Judicial en estos casos, mismo que puede ser aportado por el gestionante pero si éste desea que la Dirección lo solicite, debe aportar los nombres y apellidos de ambos padres así como una solicitud expresa en dicho sentido.
- A la solicitud debe adjuntarse;
- Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados o residencia vigente.
- Certificación de la personería jurídica vigente con no más de diez días de expedida.
- Permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud o documento que acredite que puede operar sin éste.
- Se realizará una inspección del local para verificar que cumple con los requisitos de seguridad para desempeñar la actividad.
Permiso de compra de armas por turistas.
Requisitos:
- Solicitud escrita presentada por el titular del permiso para venta de armas debidamente autenticada en la que se debe indicar:
- El nombre y calidades del turista.
- Nacionalidad y el país de residencia.
- Hora, fecha y lugar en el cual las armas egresarán de país para coordinar la entrega del arma en el punto de salida.
- Declaración jurada de éste en la cual se indique su lugar de residencia habitual y que en el se mantendrán las armas.
- Permiso de importación al país de destino.
- Certificado de último destino y usuario final emitido por la autoridad de control del país de destino.
Permiso regular de importación de armas, municiones, componentes y repuestos
Requisitos:
- Solicitud escrita debidamente autenticada conteniendo la siguiente información:
- Persona física: Nombre, apellidos, calidades completas, número de cédula y domicilio exacto del solicitante, ubicación del establecimiento mercantil y del sitio de almacenaje.
- Persona jurídica: Nombre, apellidos, calidades completas, número de cédula y domicilio exacto del representante de la empresa solicitante, ubicación del establecimiento mercantil y del sitio de almacenaje, razón social exacta, cédula jurídica. Debe adjuntarse una personaría jurídica.
- Se debe indicar, los tipos de armas y munición que importará, si las importaciones consisten en armas nuevas, usadas o ambas, países de procedencia y nombre de las compañías vendedoras.
- Se verificará la inexistencia de antecedentes penales mediante el documento que emite el Poder Judicial en estos casos, mismo que puede ser aportado por el gestionante pero si éste desea que la Dirección lo solicite, debe aportar los nombres y apellidos de ambos padres así como una solicitud expresa en dicho sentido.
- Se realizará una inspección en el lugar donde se almacenaran las armas con el fin de establecer si el mismo cumple con los requisitos de seguridad necesarios para el desempeño de la actividad.
Permiso de importación de armas, municiones, componentes y repuestos.
Requisitos:
- Tener vigente el permiso regular para importar armas, municiones, componentes y repuestos.
- Solicitar el permiso escrito presentado en forma personal por el interesado o debidamente autenticado indicando:
- a) Nombre y apellidos, calidades completas y domicilio exacto del interesado o del representante legal de la sociedad.
- b) Nombre del establecimiento comercial, domicilio exacto y número de cédula jurídica.
- c) Características, cantidad y procedencia de las armas y municiones y lugar de desalmacenaje.
- Se verificará que el gestionante se encuentre al día con los informes sobre ventas de munición.
Permiso de importación ocasional de armas permitidas.
Requisitos:
- Solicitud escrita presentada personalmente o debidamente autenticada, indicando lo siguiente:
- Nombre, apellidos, calidades y dirección exacta del petente o del representante legal de la sociedad.
- Nombre de la sociedad y número de cédula jurídica.
- Tipo, marca, modelo y calibre de las armas a ser importadas
- Cantidad de las armas a ser importadas.
- País de procedencia de las armas.
- Uso que se les dará a las armas.
- Personería jurídica actualizada.
- Documento mediante el cual el petente demuestre derecho de propiedad sobre las armas.
- Se verificará la inexistencia de antecedentes penales mediante el documento que emite el Poder Judicial en estos casos, mismo que puede ser aportado por el gestionante pero si éste desea que la Dirección lo solicite, debe aportar los nombres y apellidos de ambos padres así como una solicitud expresa en dicho sentido.
- Se verificará que el arma haya salido legalmente del país de procedencia mediante el respectivo permiso de exportación o mediante las verificaciones que para tal efecto realizará la Dirección con los órganos de control respectivos.
- Se verificará que haya aprobado el examen teórico práctico de manejo de armas de fuego.
- Original y copia del examen psicológico en el que se indique que se encuentra apto para poseer y manejar armas de fuego.
Permiso de desalmacenaje de armas, municiones y sus componentes.
Requisitos:
- Si es un importador regular debe hacer la solicitud mediante el sistema de Procomer indicando a cuál permiso de importación corresponde el embarque y adjuntando al Formulario Aduanero lo siguiente;
- Imagen de la factura
- Imagen del BL o guía aérea
- Imagen de la lista de empaque con los números de serie.
- Si es un importador ocasional debe presentar la solicitud por escrito indicando lo siguiente:
- Nombre completo y calidades del gestionante o del representante legal de la empresa
- Número de permiso de importación
- Las características de las armas (tipo, marca, modelo, serie y calibre). Para cada línea se debe especificar el valor CIF, el peso bruto, la partida arancelaria y el número de nota técnica aplicable.
- Documento mediante el cual el petente demuestre derecho de propiedad sobre las armas o mención de haberlo aportado durante el proceso de importación
- Copia del documento de retención emitido por la aduana respectiva o movimiento de inventario del Almacén Fiscal.
- En el caso de los importadores ocasionales deben aportar un Certificado de antecedentes penales. Si el gestiónate desea que sea solicitado por el Departamento, debe indicarlo así expresamente en la solicitud detallando el nombre completo de ambos progenitores de cada gestionante.
- Se realizará una inspección física de las armas para verificar sus características y su concordancia con la documentación aportada.
Permiso temporal de exportación de armas.
Requisitos:
- Solicitud escrita indicando
- Nombre completo y calidades del petente o del representante legal de la sociedad en caso de que el gestionante sea una persona jurídica. Descripción de la actividad que ejecutará en el exterior.
- Fechas aproximadas de egreso e ingreso al territorio nacional.
- Puerto de salida y de llegada.
- Debe aportar conjuntamente con la solicitud:
- Copia de la cédula de identidad del firmante.
- Personería jurídica si es procedente.
- Copia de la matrícula del arma.
- Autorización para salir del país emitida por pe propietario del arma en caso de que no sea el gestionante.
- Documento que compruebe la celebración e la actividad deportiva o en el que se autoriza la realización de la actividad cinegética.
Permiso a extranjeros para ingresar armas y tiros.
Requisitos:
1) De previo a su ingreso debe solicitarse el permiso mediante escrito autenticado en el cual indicará:
- Nombre completo y apellidos
- Número de documento de identidad
- Actividad cinegética o deportiva en la que participará.
- Fecha de ingreso y de salida.
- Punto de ingreso de de salida del territorio nacional
- Características de las armas que importará temporalmente (tipo, marca, modelo y calibre).
- Cantidad de municiones para cada arma.
2) Al momento de ingresar al país el interesado deberá informar a las autoridades aduaneras de la existencia del arma la cual dejará la constancia respectiva en el pasaporte del gestionante e informará a la Dirección General de Armamento.
3) El interesado deberá proceder al desalmacenaje según lo establecido por la Ley de Armas y Explosivos y su Reglamento.
4) Al abandonar el país el turista deberá mostrar a las autoridades correspondientes las armas que trajo consigo o una constancia del Departamento que justifique tal omisión.
Permiso de comercialización de gas para la defensa personal.
Requisitos:
- Solicitud por escrito y debidamente autenticada indicando:
- El nombre, apellidos, número de cédula, domicilio exacto y número telefónico del solicitante, persona física o del representante de la persona jurídica,
- Cuando es persona jurídica debe indicar el nombre de la sociedad, número de cédula jurídica.
- Nombre del proveedor.
- Características del producto (marca, tamaño, composición química, agente propelente).
- Medidas de seguridad en el establecimiento comercial.
- Debe aportar conjuntamente con la solicitud lo siguiente:
- Personaría jurídica si es procedente.
- Permiso sanitario de funcionamiento.
- Copia de la Material Safety Data Sheet (MSDS u Hoja de Seguridad del Producto.
- Se realizará una inspección del local para verificar las medidas de seguridad implementadas en el mismo.
Permiso regular de fabricación de explosivos industriales o pirotécnicos permitidos y sus aditamentos.
Requisitos:
- Solicitud escrita presentada personalmente por el interesado o por escrito autenticado, indicando:
- Nombre y apellidos, número de cédula de identidad calidades completas y dirección exacta del solicitante o del representante de la persona jurídica,
- Nombre de la fábrica, dirección exacta, número telefónico.
- Experiencia que se tiene en el campo de la fabricación de explosivos.
- Tipo y clase de explosivos a fabricar
- Medidas de seguridad internas de la fábrica
- Lugar de almacenamiento de las materias primas y del producto terminado.
- Nombre y direcciones exactas de los proveedores de las materias primas y sus aditamentos.
- Se debe indicar la forma en que está distribuida la fábrica tomando en cuenta la ubicación de las bodegas, planta de producción, oficinas administrativas espacio para el estacionamiento de vehículos, depósitos de combustibles y gases.
- El tamaño en metros cuadrados de cada uno de los aposentos dichos,
- Materiales utilizados en la construcción de la fábrica,
- Cantidad de salidas de emergencias
- Cantidad de personal que labora en la fábrica.
- Distancia al centro de población más cercano
- Debe adjuntarse la siguiente documentación:
- Fotocopia de la cédula de identidad del solicitante o del representante de la sociedad.
- Certificación de la personería de la sociedad con no más de diez días de expedida.
- Plano de la distribución de la planta física.
- Fotocopia certificada del permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud, indicando que es para la fabricación de explosivos industriales o pirotécnicos.
- Certificación de propiedad del inmueble. Si no pertenece al gestionante, copia del contrato de arrendamiento o constancia del propietario en el que consiente la ocupación del inmueble con indicación expresa de que es para la fabricación de explosivos.
- Se realizará una inspección de las instalaciones para verificar las medidas de seguridad.
Permiso regular de venta de explosivos industriales y pirotécnicos permitidos y sus aditamentos.
Requisitos:
- Solicitud escrita presentada personalmente por el interesado o por escrito debidamente, indicando:
- Nombre y apellidos número de cédula de identidad y domicilio exacto del solicitante o el del representante de la persona jurídica.
- Nombre del establecimiento comercial, domicilio exacto, número telefónico.
- Las medidas de seguridad del establecimiento.
- Descripción y los metros cuadrados del lugar del almacenaje de los explosivos y sus aditamentos
- Distancia a que se encuentra del techo.
- Materiales con que se construyó el piso, paredes y el techo del lugar
- Distancia del lugar del almacenaje con los centros poblados más cercanos. Indicar la cantidad promedio y el tipo de explosivos o aditamentos que se tendrán en el establecimiento o almacenados por día.
- A la solicitud se le deben adjuntar los siguientes documentos:
- Fotocopia de la cédula de identidad del solicitante o representante de la persona jurídica.
- Certificación de la personería jurídica de la sociedad.
- Fotocopia certificada del permiso de funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud, el cual debe indicar que es para la venta de artículos explosivos, de pirotecnia o sus aditamentos.
- Se realizará una inspección de las instalaciones para establecer si cumplen con los requisitos de seguridad.
Permiso regular de importación o exportación de explosivos industriales y pirotécnicos permitidos, sus aditamentos y materias primas para su elaboración.
Requisitos:
- Tener el permiso vigente para la fabricación o venta de explosivos industriales v sus aditamentos o de pirotecnia. Si sólo tiene el de venta no podrá importar materias primas.
- Solicitud por escrita debidamente autenticada o personalmente por el interesado indicando:
- Nombre, apellidos, calidades completas, dirección exacta del interesado o del representante legal de la persona jurídica.
- Nombre de la sociedad, número de la cédula jurídica,
- Número de resolución mediante la cual se aprobó el permiso de venta o fabricación.
- Descripción de los productos a ser importados y la clase de los mismos según la clasificación de productos peligrosos de las Naciones Unidas.
- Copia del permiso sanitario de funcionamiento en el que se indique expresamente que el establecimiento cumple con las regulaciones sanitarias para ejercer esta actividad.
- Se inspeccionarán las instalaciones para verificar que cumpla con las medidas de seguridad respectivas.
Trámite regular de importación explosivos y sus aditamentos.
Requisitos:
- Tener el permiso regular de importación de explosivos industriales o pirotécnicos y materias primas para su elaboración.
- Por cada importación se debe presentar la solicitud de permiso respectiva indicando:
- Nombre del establecimiento comercial, dirección exacta, teléfono, personería y número de cédula de jurídica y número de permiso de fabricación de explosivos.
- Las características, cantidad y procedencia de las materias primas o del producto terminado,
- País de origen y nombre del proveedor.
Trámite de desalmacenaje de explosivos, sus aditamentos y materias primas para su fabricación.
Requisitos:
- Presentar la solicitud mediante el respectivo formulario aduanero de Procomer adjuntando copia del BL o guía aérea y la factura.
- Remitir el listado de los productos a ser desalmacenados indicando cantidad, nombre y código del Ministerio de Salud.
- Se podrá ordenar una inspección de la mercadería ya sea en el recinto aduanero o en las bodegas del importador.
- El gestionante debe encontrarse al día con los informes sobre las importaciones de materias primas, venta y exportación de explosivos permitidos y existencia e bodegas.
Permiso para el almacenamiento de los explosivos industriales.
Requisitos:
- Solicitud presentada por el interesado personalmente o mediante documento auténtico en la cual indique, además de sus calidades, la información necesaria para ubicar el lugar donde se almacenarán los explosivos con el fin de realizar la inspección del caso.
- Certificación de propiedad, contrato de arrendamiento o nota del propietario en la cual autoriza la instalación del depósito
- Se debe aportar copia del permiso sanitario de funcionamiento cuando se trata de sitios de almacenamiento permanentes.
- Se realizará una inspección en el sitio para verificar las condiciones de almacenamiento.
Permiso para la compra y uso de explosivos industriales y sus aditamentos.
Requisitos:
- Solicitar el permiso personalmente o mediante escrito autenticado, indicando:
- Nombre, apellidos, números de cédula de identidad, domicilio del solicitante o del representante de la sociedad,
- Nombre y calidades de la persona responsable de las voladuras indicando el número de resolución mediante la cual se le habilitó.
- Lugar exacto donde se realicen los trabajos con explosivos (dirección y número de finca). Si se trata de un sitio en el que media una concesión estatal, debe indicarlo así incluyendo los detalles necesarios para la identificación de la misma en el registro respectivo.
- Lugar donde se almacenan los explosivos y aditamentos.
- Forma de transporte entre el sitio de almacenamiento y el de detonación.
- Nombre y calidades del responsable de realizar la voladura.
- Se deberá adjuntar lo siguiente:
- a) Fotocopia de la cédula de identidad o del representante de la sociedad.
- b) Certificación de la personería jurídica de la sociedad con no más de diez días de expedida.
- c) Consentimiento del propietario del inmueble o contrato entre el desarrollador del proyecto y quien ejecuta la detonación.
- d) Fotocopia del plano catastral.
- e) Nota suscrita por el responsable de la voladura indicando los materiales que utilizará y el sitio donde permanecerán los mismo así como cualquier saldo posterior a la voladura.
- Se verificará la vigencia de la concesión y que se encuentre aprobado el uso de explosivos como método de extracción. Si el gestionante desea que la Dirección solicite el documento respectivo, debe indicarlos en forma expresa en su solicitud aportando los datos necesarios para su debida identificación en el registro respectivo.
- Se realizará una inspección ocular en el lugar donde se efectuarán los trabajos y donde se almacenarán los explosivos.
Retiro de explosivos, sus aditamentos y materias primas para su elaboración del dominio fiscal.
Requisitos:
- Tener al día el permiso de importación y venta de explosivos industriales o pirotécnicos
- Llenar el formulario aduanero mediante el sistema de Procomer adjuntado copia de la factura y el BL.
- Aportar transcripción de la liesta de empaque conteniendo cantidad, nombre y número de registro del Ministerio de Salud para cada producto.
- Se podrá inspeccionar la carga
Permiso de exportación de explosivos, sus aditamentos y materias primas para su elaboración.
Requisitos:
1) Poseer el permiso regular de exportación de explosivos, sus aditamentos y materias primas para su fabricación.
2) Realizar la solicitud mediante el formulario de Procomer adjuntando copia de la factura y la lista de empaque.
3) Tipo de transporte que se utilizará y detalles del mismo (placas y choferes si es terrestre, número de vuelo si es aérea o barco y puerto si es marítima)
4) Se verificará que el producto será remitido a una empresa especifica en el país de destino la cual se compromete a no reexportarlo.
5) Si existe una coordinación internacional con el país de destino, se deberá aportar una copia del permiso de importación emitido por la autoridad reguladora del país receptor.
Permiso temporal de venta de explosivos pirotécnicos conocidos como pólvora menuda.
Requisitos:
- Los interesados pueden coordinar con el proveedor de la pólvora la suscripción de los documentos necesarios para que éste tramite todo el procedimiento ante la Oficina de Trámites de la Dirección General de Armamento así como el retiro de los permisos respectivos
- Obtener la autorización del Ministerio de Salud para la venta de pólvora menuda. Si el permiso se va a instalar en un local ya establecido, no se puede utilizar el mismo permiso ya que el requerido para la venta de pirotecnia es específico y debe funcionar como un adicional al del local.
- Solicitud escrita y autenticada indicando:
- Nombre de la persona responsable por el puesto de venta, su estado civil, profesión, número de cédula de identidad, residencia, o documento que le permita ejercer actividad remunerada en el país.
- Además del propietario del negocio se deberá designar al menos un encargado del mismo quién será responsable de éste cuando el propietario no se encuentre. Tanto el propietario del negocio como el encargado del mismo serán responsables por la adecuada aplicación de la normativa vigente y será necesaria la presencia de al menos uno de ellos en el negocio.
- Empresa que suministrará el producto y manifestación clar ay expresa de que sólo venderá la pirotecnia registrada por ésta y autorizada mediante el acto administrativo habilitante.
- Ubicación del establecimiento de tal forma que permita una adecuada inspección del mismo.
- Manifestación expresa de que el firmante del documento conoce las normas legales que regulan la venta de explosivos pirotécnicos y las repercusiones, civiles, penales y administrativas que implican la violación de las disposiciones citadas.
- Firma del gestionante y de la (s) persona (s) autorizada (s).
- A la solicitud se le debe adjuntar la siguiente documentación:
- Original y copia del permiso del Ministerio de Salud para la venta de explosivos pirotécnicos o copia certificada de éste. El original será devuelto al gestionante y debe permanecer en un lugar visible en el puesto.
- Copia de la cédula de identidad, residencia, o documento que le permita ejercer actividad remunerada en el país del gestionante y de los autorizados, de tal forma que se aprecie claramente las fotografías, el número de identificación y la fecha de vigencia del documento.
- Original de la nota en la que el importador manifiesta su intención de venderle pólvora menuda o poder especial del gestionante aceptado por el importador para tramitar en su nombre y representación.
- Documento mediante el cual se compruebe que el gestionante tiene derecho a estar en el inmueble, sea certificación de propiedad, contrato de arrendamiento, nota de ocupación por tolerancia o patente municipal al día.
- Si la venta se va a instalar dentro de un negocio ya establecido y su propietario no es el mismo dueño del establecimiento, se debe aportar una nota firmada y autenticada en la que el propietario del mismo manifieste en forma expresa que conoce las normas legales que regulan la venta de explosivos pirotécnicos y las repercusiones, civiles, penales y administrativas que implican la violación de las disposiciones citadas.
- Nota original y autenticada en la cual el encargado del negocio designado para ser responsable del mismo en ausencia del propietario manifiesta en forma expresa que conoce las normas legales que regulan la venta de explosivos pirotécnicos y las repercusiones, civiles, penales y administrativas que implican la violación de las disposiciones citadas.
Permiso para campos de tiro (polígonos).
Requisitos:
Autorización de instalaciones.
- La solicitud para inscribir un polígono o campo de tiro deberá presentarse ante la Dirección General de Armamento, de forma personal o mediante escrito debidamente autenticado, el cual deberá contener como mínimo la siguiente información:
- Nombre y calidades del solicitante. Si es persona jurídica, deberán incluirse los datos de su representante legal.
- Ubicación exacta de las instalaciones.
- Nombre y calidades de las personas encargadas de la instrucción en las instalaciones y de su seguridad. Dichas personas deben estar debidamente acreditadas ante la Escuela Nacional de Policía.
- Breve descripción y fotografías de las instalaciones.
- A la solicitud de inscripción deben adjuntarse los siguientes documentos:
- Certificación registral del inmueble. En el caso de que el solicitante no sea el propietario registral, deberá presentar el respectivo contrato de arrendamiento u otro documento idóneo en donde se le autorice la instalación del polígono o campo de tiro.
- Certificación de personería jurídica cuando sea procedente.
- Copia certificada del permiso de funcionamiento extendido por la autoridad competente del Ministerio de Salud.
- Constancia del Ministerio de Ambiente y Energía en la cual se indique que las instalaciones no se encuentran en una zona protegida.
- Croquis de las instalaciones que incluya las medidas de seguridad implementadas.
- Reglamento interno para el uso de las instalaciones.
- Se realizará una inspección de las instalaciones para verificar el cumplimiento de lo consignado en los documentos y el fiel acatamiento al reglamento respectivo.
Permiso de funcionamiento.
Una vez inscrito el polígono o campo de tiro, el interesado deberá aportar ante la Dirección los siguientes documentos:
- Patente municipal, en el caso que proceda, de conformidad con las regulaciones vigentes para cada cantón o indicación expresa de que s un campo de tiro privado sin fines comerciales.
- Una constancia emitida por la Cruz Roja Costarricense de la localidad o por una empresa privada de servicios médicos autorizada por el Ministerio de Salud, en la cual se existencia de capacidad de respuesta oportuna ante la eventualidad de un accidente en el polígono. Debe indicarse en forma expresa el potencial tiempo de respuesta.
- Plan de Emergencia para ser aplicado en caso de accidente con armas de fuego.
William Hidalgo Echavarría, Director.- 1 vez.- O. C. No. 14377.- Solicitud No. 4495.- C-378820.- (IN2012075453).

